
La Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional (TCP) rechazó el recurso de Complementación y Enmienda presentado por el presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz, Zvonko Matkovic, y ratificó la suplencia temporal de Mario Aguilera.
Este es el por tanto de la sentencia constitucional: Por tanto: El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 13 del Código Procesal Constitucional; resuelve, declarar:
1.- NO HA LUGAR la solicitud de aclaración, complementación y enmienda, formulada por Vanessa Egüez Añez, en representación del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz.
2.- NO HA LUGAR la solicitud de aclaración, complementación y enmienda, formulada por Zvonko Matkovic Ribera, Presidente y Jessica Paola Aguirre Melgar, Secretaria General, ambos de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz; resolviendo únicamente ENMENDAR, el noveno párrafo del análisis del caso concreto de la SCP 1021/2023-S4 de 29 de diciembre, donde por error involuntario se consignó: «Suplencia temporal que además debe materializarse, en el ejercicio de las atribuciones del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional…», debiendo quedar consignando como: «Suplencia temporal que además debe materializarse, en el ejercicio de las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz..»; aclarándose que dicha enmienda no constituye de modo alguno, la modificación del fondo de lo resuelto en el referido fallo constitucional, menos un impedimento para su cumplimiento y ejecución.
3.- En relación a la observación sobre la competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para la resolución de las solicitudes de aclaración, complementación y enmienda analizadas, estese a lo determinado en la DCP 0049/2023 de 11 de diciembre.